Podemos emprender una acción de nulidad del contrato, con la correspondiente devolución de la inversión más sus intereses
Contamos con un
100% de éxito
El Banco Santander, durante el año 2007, comercializó entre sus clientes, un producto financiero que denominó Valores Santander.
Tenía tanta prisa por colocarlos que, en muchas ocasiones, procedió a su venta sin haber inscrito y publicado el preceptivo folleto de misión en la CNMV.
Este producto era ofertado por los empleados del banco, resaltando su alto interés pero ocultando, en la mayoría de los casos, los riesgos intrínsecos a los títulos, a saber, la pérdida total de la inversión.
Así las cosas, este defecto en la información facilitada al inversionista hace posible interponer una acción de nulidad del contrato de adquisición, lo que implicaría la devolución de la suma invertida más sus intereses correspondientes.
TRABAJAMOS A ÉXITO, SOLO COBRAMOS SI GANAMOS EL ASUNTO, y solo le costará a usted un 10% de las cantidades que recuperemos, más las costas de contrario (que las paga el banco)
Si usted se encuentra en esta situación, póngase en contacto con nosotros, sin ningún compromiso y le informaremos cumplidamente de sus derechos.