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Caducidad de la Acción de Nulidad de los Contratos de Compra de Bonos Santander

Caducidad de la Acción de Nulidad de los Contratos de Compra de Bonos Santander
9 diciembre, 2016 RC Asesores
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La acción de nulidad de los contratos de compra de Bonos Santander caducó en octubre de 2016. Aquí te informamos de las alternativas que te quedan para recuperar tu dinero.

Por qué ha caducado la acción de nulidad

Como es sabido, en la última década, la comercialización de los productos financieros por parte de las entidades bancarias de este país, no ha sido todo lo modélica que debiera haber sido.

En este sentido, las entidades financieras han incumplido de forma generalizada la obligación de información al adquirente de las características del producto financiero a adquirir y de la adecuación del mismo a su perfil de inversor. Esto ha conllevado que nuestros tribunales hayan declarado la nulidad de estos contratos por vicio en el consentimiento.

Este incumplimiento y vicio de nulidad es predicable también de la comercialización de los bonos Santander y así se ha reflejado en la multitud de sentencias que declarar la nulidad de contratos de compra de estos productos.

Como es sabido, por mor de lo ordenado por el artículo 1301 del Código Civil, la acción de anulabilidad por vicio en el consentimiento, que ha servido de base para sostener la nulidad de la comercialización de los bonos Santander, caduca en un plazo de cuatro años.

Hasta la fecha, esta acción se encontraba viva, pues se entendía que, por ser los contratos sujetos a controversia de tracto sucesivo, éstos seguían generando derechos y obligaciones para las partes por lo que el cómputo del plazo de caducidad no se iniciaba.

La cuenta atrás del plazo de caducidad se inició con la consumación de los contratos, lo que en el caso de los bonos Santander se produjo el 4 de octubre del 2012 (canje obligatorio de bonos por acciones).

Así las cosas, con esta cuentas, a octubre del 2016, la acción caducó por lo que será muy aventurado instar una demanda en este sentido.

Qué alternativa tengo

La posibilidad que se abre ahora es la de sostener la devolución de lo invertido (como se hacía con anterioridad en otros productos financieros, acciones de Bankia, en el caso que éstos productos hubieran sido vendidos), en una acción de indemnización de daños y perjuicios por incumplimiento de las obligación contractuales.

Esta acción se encuentra sujeta a un plazo de prescripción que se agotaría el año 2020.

A nuestro juicio, de ahora en adelante, si se pretende recuperar lo invertido en Bonos Santander la opción más plausible es formular una demanda de daños y perjuicios derivados de incumplimiento contractual.

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