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Hipotecas multidivisa

Hipotecas multidivisa
25 enero, 2017 RC Asesores

Desde el año 2007, las entidades bancarias han venido ofreciendo este producto financiero al cliente común, cuando antes lo reservaban para perfiles más profesionales, lo que ha hecho que estas hipotecas sean contratadas por simples consumidores.

Básicamente, una hipoteca multidivisa es un préstamo hipotecario, cuyas cuotas se pagan en moneda extranjera, normalmente en Yenes, Francos Suizos o Libras Esterlinas, además sus intereses son referenciados a índices vinculados a estas monedas, como por ejemplo, el Libor.

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Además, es común que este tipo de contratos prevea, contra el pago de una comisión, la posibilidad a favor del prestatario de cambiar de moneda de pago entre un grupo de divisas predeterminadas, incluso, la posibilidad de pagar en Euros.

Vista la evolución que ha habido de los tipos de cambio, como de los índices normalmente aplicados a este tipo de contratos, la gran mayoría de estos pactos han provocado un grave perjuicio en los prestatarios, pues a pesar de pagar las cuotas pactadas, a día de hoy, apenas han amortizado nada del principal prestado.

Esto ha llevado que muchas de estas personas, al verse perjudicadas, hayan formulado demandas interesando la nulidad de estas cláusulas, con el objeto de resarcirse las pérdidas sufridas.

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A raíz de estas demandas, tras diversos vaivenes, nuestros tribunales han dejado claro que:

– La hipoteca multidivisa no es un producto financiero complejo, por lo que no le son de aplicación la directiva MIFID.

– Pero si están sujetos al doble control de transparencia que se exige por la Ley General para la Defensa y Protección de Consumidores y Usuarios para los contratos de adhesión.

– Este doble control exige que las clausulas en cuestión sean gramaticalmente comprensibles y que el contrato exponga transparentemente el mecanismo de conversión de la divisa extranjera a la que viene referido el préstamo y la influencia del índice aplicable.

– En cumplimiento de este doble control, debe garantizar al consumidor la posibilidad de evaluar correctamente el impacto económico que de estas cláusulas puede derivarse.

– Todo lo anterior debe ir conectado con los conocimientos del consumidor, no es lo mismo que éste sea un experto empleado de banco, que un simple profesional liberal o un trabajador por cuenta ajena.

Las consecuencias derivadas de la declaración de nulidad es el recálculo de las cuotas amortizadas en euros, con aplicación del euríbor, lo que produce una clara ganancia en favor del prestatario, ya que se amortizará más capital, por lo que deberá menos dinero al banco.

Si estás interesado no dudes en contactar con nosotros.

Solo cobramos si usted consigue la nulidad.

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